El Estado que mata: legitimidad, dignidad y la pendiente resbaladiza de la eutanasia

Noelia Ramos tenía 25 años. A los trece, tras la separación de sus padres y dificultades económicas, el Estado asumió su tutela y la ingresó en un centro de menores. Allí fue violada en grupo. El trauma la llevó a tirarse de un quinto piso. Sobrevivió, pero quedó paralítica. Presentaba además una minusvalía intelectual reconocida. Ninguna de las dos cosas fue considerada obstáculo para aprobar su eutanasia.

El 26 de marzo de 2026, ese mismo Estado, que no supo protegerla cuando era una niña bajo su custodia, certificó su muerte.

Este ensayo nació de la incomodidad que me provocó ese hecho. Parto de una reticencia emocional que reconozco como tal. Lo que sigue es el intento de entender si esa reticencia tiene también argumentos sólidos detrás.


La paradoja central

Si el Estado restringe libertades individuales amparándose en la protección de la vida, no puede adjudicar también la muerte sin destruir su propio argumento legitimador.

En Sobre la libertad, de Stuart Mill dice lo siguiente: "el único fin por el cual es justificable que la humanidad se entremeta en la libertad de cualquiera de sus miembros es la propia protección".

Si, participando de esta idea, acordamos que evitar un daño merece la restricción de un derecho individual tan crucial como es la libertad, podemos interpretar que ello se debe a que la vida es algo, si no sagrado, tremendamente importante y digno de preservar. ¿Pero entonces, si el Estado daña otorgando muerte, no está destruyendo con esa acción los cimientos en que se apoya para justificar el entremetimiento en la vida de los ciudadanos?

Esta otra cita de Stuart Mill podría usarse como argumento a favor de la eutanasia: "Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y mente, el individuo es soberano." Aunque en realidad aquí estamos hablando precisamente de lo que entendemos por libertad individual, alguien podría dictaminar que esa autonomía da también derecho a elegir la muerte.

En cambio, conviene hacer una distinción importante: una cosa es que el individuo ejerza su autonomía sobre su propia vida, y otra muy distinta que el Estado lo mate con licencia propia.


Sobre la muerte digna

La dignidad requiere un sujeto vivo que la experimente. Uno puede tener dignidad en el proceso de morir quizá, pero una vez que estás muerto ya no hay a quién aplicarle esa dignidad. Se respeta el cadáver, pero por la dignidad de los familiares y conocidos. ¿No es por lo tanto la muerte la que precisamente extingue la dignidad? En todo caso la muerte digna describe el tránsito, no el destino. El destino, con perdón, es pudrirse, lo cual no creo que le parezca digno a nadie. Por eso te entierran. Para no tener que verlo.

Por otro lado, en casos como el de Noelia, lo único que hace irreversible su sufrimiento es su muerte.


El ejemplo de Atapuerca

En 1992 los investigadores completaron la reconstrucción del Cráneo 5 de la Sima de los Huesos de Atapuerca, apodado Miguelón. Pertenecía a un Homo heidelbergensis que vivió hace aproximadamente 430.000 años. Los huesos revelaban una infección severa en la mandíbula que le impedía masticar y le causaba un dolor crónico intenso. No podía cazar, no podía defenderse, no podía contribuir al grupo de ninguna manera. Sin embargo, los signos de curación ósea demuestran que sobrevivió meses, quizás años, en esa condición. Alguien le ablandaba o masticaba la comida para que pudiera ingerirla.

Estos ancestros nuestros, que llamaríamos salvajes, cuidaban a quien no les servía para nada. Ahora, con todos nuestros avances, lo que le habríamos ofrecido es una "buena muerte" y cuanto antes.


El problema del consentimiento y la pendiente resbaladiza

Siempre se empieza por aceptar la eutanasia para casos muy concretos donde quizá nos parezca que la muerte es preferible a unos meses más de sufrimiento atroz. Podría argumentarse que incluso en esos casos existen los cuidados paliativos que ayudan a sobrellevar el dolor. Pero el problema más grave que esto plantea es que una vez que dejamos entrar esta idea de que es permisible o incluso aceptable, la eutanasia, ¿podemos asegurar que no se vaya extendiendo poco a poco a terrenos mucho más pantanosos? Ahí es donde se desata lo que yo llamo "el consentimiento imposible y la pendiente resbaladiza".

El argumento más sólido en favor de la eutanasia descansa sobre un concepto aparentemente inobjetable: la autonomía del individuo. Si alguien, en plena consciencia, decide que su sufrimiento es insoportable e irreversible, ¿quién puede negarle ese derecho? La pregunta parece retórica. El problema es que la realidad documentada de los países que llevan más tiempo aplicando estas leyes sugiere que ese escenario ideal —el individuo perfectamente libre, perfectamente consciente, perfectamente informado— es mucho más frágil de lo que la teoría promete.

Bélgica legalizó la eutanasia en 2002 con criterios estrictos: enfermedad grave e incurable, sufrimiento físico o mental insoportable, petición reiterada y voluntaria. Veinte años después, los contornos de esa ley se han expandido de maneras que sus redactores probablemente no anticipaban. Shanti De Corte tenía 23 años cuando recibió la eutanasia en Bélgica, aprobada bajo diagnóstico de daño psiquiátrico insoportable. Con 17 años había presenciado el atentado terrorista del ISIS en el aeropuerto de Bruselas, donde murieron 32 personas. Nunca superó el trauma, y durante su internamiento en un centro psiquiátrico fue víctima de una agresión sexual que agravó aún más su estado. Lo que el caso de Shanti revela no es solo una tragedia individual, sino una grieta sistémica: una terapeuta especializada en trauma ofreció tratar a la joven, pero los médicos que la atendían rechazaron la propuesta. La puerta de salida se abrió antes de que se agotaran las de entrada.

El caso de Shanti no es una excepción escandalosa. Es un síntoma de lo que los bioéticos llaman pendiente resbaladiza, y en este contexto no es una falacia lógica sino un fenómeno empíricamente documentado. En los países donde se ha regulado la eutanasia, los criterios de indicación se van relajando progresivamente, hasta permitir acabar con la vida de personas con discapacidad, enfermedad mental o incluso sin una petición explícita. Los números lo ilustran con una claridad que debería incomodar a cualquiera que defienda la eutanasia como medida excepcional: en Canadá se practicaron 1.018 eutanasias en 2016, año de su legalización; en 2021 fueron 10.064, un incremento del 32,4% respecto al año anterior. En 2024 se registraron alrededor de 16.499 casos, representando el 5,1% de todas las muertes del país.

Los Países Bajos ofrecen quizás el recorrido más largo y por tanto más revelador. En 2023 se registraron 9.068 muertes por eutanasia, representando el 5,4% del total de fallecimientos en el país, y el aumento de eutanasias por trastornos psiquiátricos provocó ese año un debate público al crecer un 20% respecto al ejercicio anterior. Ese mismo año saltó a la prensa el caso de Zoraya ter Beek, una mujer de 28 años, casada, que solicitó y obtuvo la eutanasia por depresión, autismo y trastorno límite de la personalidad. Y en 2024, los Países Bajos extendieron la eutanasia a niños de entre 1 y 12 años con enfermedades terminales y sufrimiento insoportable. Bélgica ya lo había hecho en 2014, siendo el primer país del mundo en permitirla a menores sin límite de edad.

El caso de Noelia añade una dimensión adicional a este problema. Una minusvalía intelectual reconocida y elevada no fue considerada obstáculo para aprobar su eutanasia. Queda en el aire una pregunta incómoda: ¿quién determina cuándo alguien es suficientemente capaz para decidir su propia muerte, y cuándo no lo es para decidir otras cosas?

Hay una observación que merece subrayarse aparte de las cifras. La eutanasia es el único tratamiento médico que es por definición irreversible. Cualquier otro error diagnóstico, cualquier otra decisión clínica errónea, admite revisión, rectificación, segunda opinión. Este no. Y se aplica precisamente en el momento en que el paciente atraviesa su estado de mayor vulnerabilidad emocional y cognitiva. La pregunta que queda sin respuesta satisfactoria no es si ese paciente sufre, porque nadie lo niega. La pregunta es si un Estado puede garantizar, con la frialdad burocrática que exige cualquier política pública, que ese consentimiento es siempre genuinamente libre, que todas las alternativas han sido verdaderamente agotadas, y que los criterios de hoy no serán los criterios ampliados de mañana. La experiencia de dos décadas en Europa sugiere que esa garantía, hasta ahora, nadie ha sabido ofrecerla.


Conclusión

El mismo Estado que le falló a Noelia cuando la tenía bajo su protección es ahora le ha otorgado la solución que menos cargas económicas le ocasionaba: matarla.

Si la legitimidad del Estado nace de proteger la vida y la dignidad de sus ciudadanos, ¿qué queda de esa legitimidad cuando la muerte se convierte en política pública?